Cualquier Administración Pública, ya sea estatal, autonómica o local, tiene la obligación de sufragar los daños o perjuicios ocasionados a un tercero por un funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos de su competencia.
Por ejemplo, este despacho ha gestionado a favor de sus clientes, tanto en vía administrativa como en contencioso administrativa, reclamaciones originadas por:
- Accidentes provocados por falta de señalización y advertencia de un peligro.
- Caídas de peatones en la vía pública.
- Accidentes en instalaciones deportivas municipales.
- Accidentes de vehículos, por mal estado de las carreteras, ante la falta de un adecuado mantenimiento y conservación.
- Otros sucesos.

